Un bar de Cataluña cobra extra por pedir un batido: podría suceder en toda España

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octubre 2, 2025

Un simple batido en un bar catalán terminó costando 20 céntimos más de lo esperado. La razón: un suplemento de 0,20 € por «bebida azucarada» que apareció como línea aparte en el ticket. El caso, compartido por la cuenta Soy Camarero en redes sociales, ha encendido el debate sobre cómo se aplica el impuesto a las bebidas azucaradas en Cataluña y si otros bares de España podrían seguir esta práctica.

Te explicamos qué hay detrás de este cobro, si es legal y qué significa para tu bolsillo cuando pides un refresco o batido.

¿Qué pasó exactamente?

Un cliente pidió un batido en un bar catalán y, al revisar el ticket, descubrió una línea adicional: «bebida azucarada: 0,20 €». No era un error de caja. Era un cargo explícito que el establecimiento decidió desglosar del precio total.

El problema no fue solo el cobro, sino cómo se aplicó:

  • El impuesto apareció como concepto separado, no incluido en el precio del batido.
  • Según algunos usuarios, el bar le sumó IVA al propio impuesto, algo que técnicamente no debería hacerse.
  • La transparencia del cobro generó confusión: muchos clientes desconocían la existencia de este gravamen.

La publicación se viralizó rápidamente, con reacciones divididas entre quienes criticaban la «falta de claridad» del bar y quienes defendían que al menos mostraba el desglose real del precio.

¿Existe realmente un impuesto a las bebidas azucaradas?

Sí, y está vigente en Cataluña desde 2017. Es un tributo autonómico que grava las bebidas con azúcares añadidos, edulcorantes o cafeína. El objetivo: desincentivar el consumo de productos poco saludables y recaudar fondos para políticas sanitarias.

¿Cuánto se paga?

El impuesto varía según el contenido de azúcar:

  • Menos de 5 g por 100 ml: 0,08 € por litro.
  • Entre 5 y 8 g por 100 ml: 0,12 € por litro.
  • Más de 8 g por 100 ml: 0,20 € por litro.

Un batido de 250 ml con alta cantidad de azúcar podría generar un recargo de 0,05 €, aunque el bar del caso lo cobró a 0,20 €, posiblemente aplicando la tarifa máxima o redondeando.

¿Quién debe pagarlo?

El impuesto lo paga el establecimiento que vende la bebida, pero este coste se traslada al consumidor. Lo habitual es que el precio final del producto ya lo incluya de forma invisible, como ocurre con el IVA. Desglosarlo en el ticket, como hizo este bar, es legal pero poco común y genera sorpresa.

¿Por qué este caso generó polémica?

El impuesto debería estar incluido en el precio

La mayoría de bares catalanes absorben el impuesto en el precio del producto. Si un refresco cuesta 3 €, ese precio ya incluye el gravamen. Mostrarlo como cargo adicional da la sensación de que te están cobrando de más, aunque técnicamente no sea así.

Posible error al aplicar IVA al impuesto

Algunos usuarios señalaron que el ticket mostraba IVA sobre el impuesto mismo, algo que no corresponde. Los impuestos especiales se suman a la base imponible antes de calcular el IVA, pero no deben gravarse dos veces. Si el bar cometió este error, el cliente pagó de más.

Falta de información previa

El cliente no sabía que su batido llevaría un recargo hasta ver el ticket. En otros países con impuestos similares, los establecimientos suelen avisar con carteles o lo indican en la carta. Aquí, la sorpresa fue total.

Temor a que se extienda a toda España

Aunque el impuesto es exclusivo de Cataluña, algunos usuarios temen que otras comunidades lo adopten y que la práctica de cobrarlo aparte se normalice. Navarra y el País Vasco también tienen gravámenes similares, pero con menos ruido mediático.

¿Es legal cobrar el impuesto de forma separada?

Sí, pero no es lo más transparente. La ley no obliga a incluir el impuesto en el precio de venta, pero sí a que el consumidor sepa cuánto paga en total. Desglosarlo en el ticket es válido, pero puede generar desconfianza si no se informa antes.

La clave está en la comunicación: si el bar avisa en la carta o con un cartel que las bebidas azucaradas llevan un suplemento, no hay problema legal. Si aparece de sorpresa en el ticket, el cliente tiene derecho a sentirse engañado.

¿Qué otras comunidades tienen este impuesto?

Por ahora, solo tres:

  • Cataluña: desde 2017, con tarifas de 0,08 € a 0,20 € por litro.
  • Navarra: desde 2018, solo para bebidas con más de 8 g de azúcar por 100 ml.
  • País Vasco: en estudio, aún no implementado.

El resto de España no lo aplica, aunque hay presión desde organismos sanitarios para extenderlo a nivel nacional, como ocurre en Reino Unido, Francia o México.

¿Cómo saber si te están cobrando bien?

Si pides una bebida azucarada en Cataluña, revisa el ticket:

  • El impuesto debe estar incluido en el precio final, no sumado aparte (aunque legalmente se puede desglosar).
  • No debe aplicarse IVA sobre el impuesto mismo, solo sobre la base del producto.
  • El bar debería informarte antes si va a cobrarlo de forma separada.

Si notas un cargo sospechoso, puedes pedirle al establecimiento que te explique el desglose. Y si crees que hay un error en el cálculo del IVA, tienes derecho a reclamar.

¿Vale la pena el debate?

El caso del batido de 0,20 € puede parecer menor, pero refleja un problema mayor: la falta de transparencia en los precios. Los consumidores queremos saber cuánto pagamos y por qué, sin sorpresas en el ticket.

El impuesto a las bebidas azucaradas tiene sentido desde el punto de vista sanitario, pero su aplicación debe ser clara. Si un bar decide desglosarlo, que lo avise antes. Si lo incluye en el precio, que sea coherente con el resto del mercado.

Lo importante: que no te cobren de más por un simple batido. Y si lo hacen, que al menos sepas el motivo.

¿Has notado cargos extras en tu ticket por bebidas azucaradas? Si vives en Cataluña o has visitado la región, este impuesto ya forma parte del día a día. Pero si vives en otra comunidad, estate atento: la tendencia podría llegar pronto a tu zona. Por ahora, la polémica sigue abierta y el debate sobre cómo aplicar estos gravámenes sin generar confusión está lejos de cerrarse.

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